Derecho vs. Justicia

Consideraciones breves: Esta mañana, en clase de Derecho Mercantil, mi profesor nos reiteraba la dicotomía entre el Derecho y la Justicia, en la simple idea de que, si bien el Derecho aspira a la consecución de la Justicia, no sólo es que muchas veces no la logra, sino que a veces se separa radicalmente de ella, yendo en su contra inclusive.
Un compañero de clases, con un razonamiento brillante pero falso, sostenía que esto no era así, ya que incluso, los romanos nombraban al Derecho y a la Justicia con la misma palabra (me imagino que se refería a la misma raíz: ius, que es Derecho o ley, y iustitia, que es justicia. Ius, o jus, es el Derecho Humano, por contraposición a Fas, que es el Derecho divino, el creado por los dioses).
Y yo me pregunto, ¿será que, según mi compañero, la esclavitud (institución jurídica a través de los tiempos) era justa hasta el siglo pasado? ¿Dejó de ser justa, automáticamente, en el momento de su abolición? Eso, sin entrar en consideraciones en tiempo presente.
El Derecho es una ciencia; es obra humana, y por tanto, perfectible, lo que es decir lo mismo, falible. La Justicia es un valor, por tanto, absoluto, perfecto: lo que es decir lo mismo, inalcanzable.

Comentarios

Anónimo dijo…
¿Se debe aplicar la ley o la Justicia?

Un joven de humilde economía se acerca al local de la administración de justicia a preguntar donde se encuentra el Juez.
El juez sale de su despacho, se acerca al ciudadano y le dice: búsquese un abogado, Ud. Tiene que plantear un juicio, una demanda y para eso se requiere un abogado. Búsquese un abogado, no puedo atenderlo verbalmente, aquí solo se reciben escritos.

Es mediante este suceso donde he podido interpretar la realidad concreta, llevada de una manera distinta al campo del derecho, aunque suene un poco extraño para los Magistrados, ellos se limitan al desarrollo de lo escrito, a aceptar la ley, el juez sabe que lo mas pronto que puede intervenir es después. Es aquí donde surge la interrogante de: ¿Cuál es la verdadera función del juez? ¿Qué es lo que en realidad hace, lo que en realidad debe hacer, y que se espera de el?
La ley orgánica del Poder Judicial, responde en el artículo 23 que: “Son deberes de los jueces: Sustanciar con celeridad los procesos, motivar las sentencias, residir en el lugar donde se ejerce el cargo y guardar secreto sobre los asuntos en que se intervengan”.
Esta respuesta en la ley orgánica, elude a la JUSTICIA, por lo que de primera intención; ésta sería la función del Juez: aplicar la ley; nada más y nada menos.

Es aquí donde encuentro una dicotomía entre la ley y la justicia. Cuantos casos existe que a pesar del resultado real, se ha preferido y pretendido mantener la validez del texto legal.
Aquí es donde no encuentro relación, porque a mi manera de ver, creo que si fuese así el juez sería como una computadora de un departamento legal, que a lo único que se limita es a obedecer y seguir al pie de la letra el texto legal. Escapando del enfoque de la realidad que tenemos en el sistema judicial, desprestigiando el trabajo del día a día en el Poder Judicial, un trabajo indesmallable e inquebrantable de una figura de excelencia como lo es la del Juez.

Para Carlos Montoya: “EL juez traduce una de las primeras barreras y angustias que tiene que enfrentar, porque siendo testigo como juez del espinoso camino de la vida del pueblo; siendo un testigo excepcional recurrido con frecuencia y permanencia, no obstante debe permanecer en silencio, quieto, estático. Anhelando poderes que no puede alcanzar, requiriendo fuerzas que no puede poseer, pretendiendo una sabiduría que no le es dada. Si interviene en los conflictos formulados mediante demandas o denuncias, es en atención a la facultad que la ley le otorga en una sola dimensión.”

¿O la ley o la justicia? Esta pregunta genera un carácter dubitativo en mi persona. Rápidamente me respondo la Justicia, porque eso es nuestro fin, pero la ley, exige un ordenamiento social, por lo que ambas son muy importantes y no debe ir por separado.

A mi manera de ver Aplicar la ley es buena (pero recordemos la imperfección que existe en el dispositivo legal), por lo que también; se debe de aplicar la razón del juez, porque conoce las causas y efectos sociales, y porque está capacitado para diseñar soluciones generales.


Por: Alejandro Calderón Gálvez
mt_mentor@yahoo.com
Lima-Peru

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